Como un principio de orden y regularidad, es necesario manifestar el origen del Grande Oriente de México. En 1860, se otorga la carta patente a nuestro país, misma que de manera textual cita al Supremo Consejo del Grande Oriente de México, entidad que en aquel entonces se había encargado de atender todos los grados del Rito Escocés Antiguo y Aceptado en nuestra nación tal como se ordenó en las constituciones masónicas de esa época y que siguen vigentes con sus respectivas modificaciones, situación que fue y es fundamental para mantener una regularidad masónica.
El GODM tiene la función de otorgar la regularidad, basada en cada agrupación masónica que se le adhiera y el respeto de todos los secretos y el ritual masónico en cada uno de los primeros tres grados de cada rito en las logias simbólicas.
El GODM es una obediencia masónica; recibe este nombre porque cubre todos los rangos dentro de la
masonería. Jerárquicamente se encuentra dividida y gobernada de la misma manera que el GODF.
La obediencia tiene de manera subalterna a las jurisdicciones (altos grados de cada uno de los ritos
practicados) e incluye los tres primeros grados de la masonería en todos los ritos.
Debajo del GODM se encuentran 5 jurisdicciones: Rito Escocés Antiguo y Aceptado, Rito Francés, Rito de
York, Rito Escocés Rectificado y Rito Egipcio.
A pesar de que las jurisdicciones tienen independencia administrativa, todas están bajo la supervisión y
reglamentación del GODM; ninguna jurisdicción va por encima del GODM y todas deben respetar su
Constitución y reglamentos, así como emitir los propios.
El GODM cuenta con 5 jurisdicciones que dependen administrativamente de la obediencia.
Estas jurisdicciones pueden ser sancionadas, suspendidas e incluso pueden ser eliminadas del GODM.
Las jurisdicciones no tienen autoridad en las logias azules (grados 1 al 3).
No se puede ser miembro de una jurisdicción si no se pertenece a la obediencia.
Las jurisdicciones son independientes en el ejercicio de sus ritos y finanzas, pero son auditadas y supervisadas por la obediencia.
El órgano máximo de la obediencia es el consejo de la orden, presidido por el SGM e integrado por todos los miembros del gran cuadro, los titulares activos de cada jurisdicción (no los pasados) y por todos los SSGM pasados de manera Ad Vitam.